jueves, 28 de abril de 2011

Nota informativa sobre el procedimiento de elección de Junta Directiva y Convocatoria de Asamblea Extraordinaria

Estimados padres, madres, tutores y tutoras:

El próximo día 19 de mayo finaliza el periodo de dos años para el que fue elegida la actual Junta Directiva del A.P.A. y por tanto,  la Asamblea General deberá elegir de nuevo a sus miembros por expiración del mandato (artículo 22,1 y 41,a de los estatutos).

Según los Estatutos de nuestra Asociación, el procedimiento a seguir, es el siguiente:
Los miembros que conforman la actual Junta Directiva que lo deseen, podrán ser reelegidos (artículos 22,1 y  37,6 de los estatutos).

La Junta Directiva, estará formada por un número de miembros no inferior a tres, ni superior a quince y habrá un/a Presidente/a, un/a Secretario/a, un/a Tesorero/a y, en su caso, Vocales. También se podrá nombrar un/a Vicepresidente/a, un/a Vicesecretario/a y un/a Vicetesorero/a (art. 21,2 de los estatutos).
Tanto los electores como los elegidos habrán de pertenecer a la Asociación de Padres y Madres de alumnos (arts. 38, a y 39, a).

La elección será mediante sufragio libre, igual y directo, por y entre los socios, en candidatura cerrada y en Asamblea General Extraordinaria convocada al efecto. La elección será secreta a petición de la Junta directiva o de algún miembro de la Asamblea General (arts. 37, 1 y 2).

Durante la celebración de la Asamblea, podrán presentarse cuantas candidaturas se deseen, especificándose los cargos que cada uno aspira a desempeñar. Podrá incluirse en la candidatura una lista de suplentes (art. 37,3).

Quien encabece la lista ganadora, será el/la Presidente de la Asociación y de sus órganos colegiados (art. 37,4).

Para la elección de la Junta Directiva, será necesario el voto de la mayoría absoluta de los asistentes a la Asamblea General en primera convocatoria. En segunda convocatoria bastará la obtención de la mayoría simple (art. 37,5).

En caso de empate, se proclamará vencedora la candidatura presidida por el/la socio de mayor antigüedad de la Asociación (art. 37,7).

Caso de no presentarse ninguna candidatura, se convocará una nueva Asamblea General, en un plazo de veinte días. Si al término de la misma tampoco se hubiera conseguido una candidatura válida, se reiterará el proceso hasta la definitiva proclamación de una candidatura (art.37, 8).

La candidatura ganadora tomará posesión en el plazo máximo de veinte días naturales a partir de su proclamación definitiva (art. 37,9).

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